Pensando en tu tranquilidad, la compañía definió algunos alivios y beneficios especiales que buscan el manejo financiero durante el periodo de emergencia por la COVID19.
Podrás acceder a alivios hasta del 100% de la factura dependiendo del estrato social.
Beneficios y más calidad de vida para usuarios de estratos 1 y 2:
Descuento del 10% del valor total facturado incluyendo todo lo relacionado con consumo, cuotas de Brilla, conexiones, servicios adicionales y otros durante los meses de abril y mayo del año 2020, siempre y cuando realicen el pago de manera oportuna, de acuerdo con la fecha de vencimiento de la factura. Este descuento será aplicado en la siguiente factura emitida.
En caso de no poder realizar el pago de las facturas de abril y mayo, la empresa decidió ampliar el alivio establecido en la Resolución CREG (Comisión de Regulación de Energía y Gas) 059 de 2020, para lo cual diferirá el valor total de la factura de consumo, cuotas de Brilla, cargo por conexión, servicios adicionales y otros a 36 meses sin ningún tipo de interés de financiación.
El diferido tendrá un periodo de gracia hasta el 31 de julio del presente año, es decir, de dos meses para los conceptos de consumo; para los demás, como cuotas de Brilla, cargo por conexión, servicios adicionales y otros, se aplicará un periodo de gracia de un mes.
Si tienes facturas pendientes de febrero y marzo y realizas el pago total de lo adeudado hasta la fecha, se hará un descuento del 10%. Si no, se aplicará el diferido automáticamente a 36 meses.
Oportunidades de alivio para los usuarios de estratos 3 y 4
En caso de no poder realizar el pago de las facturas de abril y mayo, Efigas decidió ampliar el alivio establecido en la Resolución CREG (Comisión de Regulación de Energía y Gas) 059 de 2020, para lo cual diferirá el valor total de la factura, no solo del concepto de consumo, sino también las cuotas de Brilla, cargo por conexión, servicios adicionales y otros a 24 meses.
Para lo mencionado en lo que se refiere a consumo y cargo fijo, de conformidad con la resolución CREG (Comisión de Regulación de Energía y Gas) 059 se aplicará una tasa de financiación para estos estratos.
Para diferir otros servicios como Brilla, cargo por conexión, servicios adicionales y otros no se aplicará tasa de interés alguna.
El diferimiento mencionado anteriormente tendrá un periodo de gracia hasta el 31 de julio para los conceptos de consumo y cargo fijo; para los demás conceptos como cuotas Brilla, cargo por conexión, servicios adicionales y otros, se aplicará un periodo de gracia de 1 mes.
Si tienes facturas pendientes de pago de febrero y marzo, se podrán diferir automáticamente a 24 meses.
Medidas estratos 5, 6 y usuarios no residenciales, como comercio e industria regulada
Aplicación a lo definido en la resolución CREG (Comisión de Regulación de Energía y Gas) 059 de 2020 y acuerdos de pago para aquellos usuarios que, al no realizarlos dentro de las fechas establecidas, entrarán en causal de suspensión del servicio con la tasa de financiación definida sobre el concepto de consumo y cargo fijo.
La compañía también diseñó un plan de negociación diferencial y personalizado para estos mercados.
Si tienes inquietudes, puedes ingresar a nuestro chat en la línea https://clientes.efigas.com.co/ o llamar al 01 8000 966 344. Emergencias 164.
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